El destino político de Venezuela se encuentra en un punto de no retorno. Mientras la ciudadanía exige con urgencia la publicación inmediata de un cronograma electoral definitivo, dentro de un margen de tiempo sensible y corto debido a la emergencia social y económica que vive el país, para las elecciones presidenciales, en los despachos de la dirigencia se asoma una profunda contradicción estratégica.
La urgencia del país por un cambio en el Poder Ejecutivo choca frontalmente con una agenda que pretende desviar el mandato popular hacia procesos locales de gobernaciones y alcaldías.
Para entender la gravedad del momento actual, es indispensable analizar los factores políticos y jurídicos que configuran este escenario.
El factor político: Exclusión selectiva y cuotas partidistas
La reciente reconfiguración de los equipos de trabajo bajo la tutela de Dinorah Figuera ha encendido las alarmas del debate público. Las designaciones clave responden de manera exclusiva al control de dos organizaciones políticas: Primero Justicia (PJ) y Voluntad Popular (VP).
Fundamentos Políticos:
Exclusión Unilateral y Desviación del Mandato Popular
Secuestro de la Representación Opositora: Se denuncia públicamente el alto riesgo de que el equipo y las designaciones impulsadas bajo la tutela de Dinorah Figuera responden exclusivamente al control de dos partidos políticos: Primero Justicia (PJ) y Voluntad Popular (VP).
Veto a la Mayoría Legítima: Esta selección arbitraria excluye de forma deliberada a organizaciones clave como Vente Venezuela, Alianza Bravo Pueblo (ABP), Acción Democrática (AD), Copei y otros, dejando sin voz a los movimientos que sostienen el liderazgo real de la oposición mayoritaria.
Boicot a la Ruta Presidencial: La exclusión de estas fuerzas políticas es interpretada por la sociedad civil como una estrategia coordinada por estas cúpulas para neutralizar el avance de María Corina Machado hacia la Presidencia de la República.
El objetivo de este sectarismo es suplantar la demanda nacional de elecciones presidenciales inmediatas por un esquema que prioriza únicamente la negociación de cuotas locales en futuras elecciones de gobernaciones y alcaldías.
Esta selección no es un hecho aislado Dinorah Figuera y todos saben lo que hizo; representa la exclusión deliberada de fuerzas fundamentales de la coalición opositora como Vente Venezuela. Para la sociedad civil y los analistas, esta maniobra sectaria persigue un objetivo claro: neutralizar el avance de María Corina Machado hacia la Presidencia de la República.
Al vaciar de pluralidad la toma de decisiones, estas cúpulas buscan imponer una transición a cámara lenta, priorizando la negociación de espacios regionales antes que la restitución de la máxima magistratura del país.
El fundamento jurídico: Soberanía popular vs. Plazos burocráticos
Frente a la pretensión de dilatar los tiempos electorales basándose en reformas técnicas, el derecho constitucional y el marco internacional ofrecen argumentos contundentes: Violación de la Soberanía Constitucional: Conforme a los principios universales del derecho y el espíritu del artículo 5 de la Carta Magna venezolana, la soberanía reside intransferiblemente en el pueblo.
De esto saben muchísimo todos los actores nacionales e internacionales. Postergar de manera indefinida o excesiva el sufragio presidencial para anteponer intereses locales constituye una vulneración directa a los derechos políticos fundamentales de la población. Si el tiempo es demasiado largo solo quedan dos opciones: Huelga General o Ayuda Humanitaria.
El Imperativo del Derecho Humanitario:
En el ámbito del Derecho Internacional Público, los tiempos de la política no pueden estar por encima del derecho a la vida y la subsistencia.
Si el cronograma institucional se extiende de forma intolerable mientras la crisis económica asfixia a los ciudadanos, se configura la obligación jurídica de la comunidad internacional para intervenir.
Exigencia de una Solución Humanitaria de Emergencia: De imponerse un calendario electoral excesivamente largo, la sociedad civil tiene la facultad legal de exigir la activación inmediata de una vía humanitaria internacional.
Esto implica la apertura de canales de asistencia y la liberación de fondos de emergencia gestionados por organismos independientes, completamente desvinculados de las conveniencias de la negociación partidista. Fundamentos Jurídicos:
El Derecho Constitucional y el Marco Internacional Violación del Principio de Celeridad y Soberanía: De acuerdo con los principios universales del derecho constitucional y el espíritu del artículo 5 de la Carta Magna venezolana, la soberanía reside intransferiblemente en el pueblo. Postergar de manera indefinida o excesiva el ejercicio del sufragio presidencial para priorizar agendas regionales constituye una vulneración directa de los derechos políticos fundamentales.
El mandato popular es inapelable: Ninguna tutela extranjera ni acuerdo de cúpulas puede sustituir la voluntad directa de los ciudadanos, quienes exigen la ruta liderada por María Corina Machado. El peligro de enfriar la calle: Extender los plazos electorales hasta 2027-28 o 2029 es una estrategia peligrosa que amenaza con diluir la presión ciudadana y dar oxígeno a las estructuras residuales para reorganizarse. Coherencia democrática: No se puede construir una democracia sólida postergando el cambio del Poder Ejecutivo, que es el clamor central del país. La paz social sólo se garantizará cuando el voto popular masivo sea respetado sin dilaciones.
Conclusión: Prohibido dormirnos La ruta hacia la estabilización de Venezuela requiere certezas inmediatas, no agendas calculadas a años de distancia que desgasten la presión ciudadana. El mandato de las mayorías debe ser respetado sin condiciones.
La publicación del cronograma electoral presidencial es una exigencia perentoria; de lo contrario, el imperativo humanitario internacional deberá prevalecer para salvaguardar la vida y la dignidad de millones de venezolanos, o una Huelga General indefinida tendrá que ser materializada.
Por: Iván Emiro Cañas Gutiérrez

@LordCanas
Abogado británico-venezolano | Brexit | Miembro de Reform | ABP | http://YouTube.com/@LordIvánEmiroCanasGutierrez 🇺🇸 🇮🇱 🇺🇦 🇮🇷 Partidario | Entusiasta de la física cuántica y de la relatividad general
