El caso involucra a un niño nacido en Perú y plantea interrogantes sobre el reconocimiento de la nacionalidad venezolana, los requisitos migratorios y la actuación de las autoridades.
Una denuncia difundida en redes sociales señala que Denis Tovar habría mantenido durante más de cinco horas a una madre y a su hijo en el Aeropuerto Internacional La Chinita, en Maracaibo, estado Zulia, bajo el argumento de que el menor era extranjero y necesitaba una visa para ingresar a Venezuela.
De acuerdo con el señalamiento, el niño nació en Perú, circunstancia que habría motivado la actuación de la funcionaria. La denuncia sostiene que durante el procedimiento no se habría tomado en cuenta el artículo 32 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), ni decisiones atribuidas al Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (Saime) sobre el reconocimiento de la nacionalidad venezolana.
El caso habría derivado en la apertura de un procedimiento administrativo contra la madre, quien además habría recibido una citación para comparecer en Caracas.
¿Qué establece la Constitución venezolana?
El artículo 32 de la CRBV establece quiénes son venezolanos por nacimiento. Entre sus disposiciones contempla a las personas nacidas en territorio extranjero de padre venezolano por nacimiento o de madre venezolana por nacimiento, siempre que se cumplan las condiciones constitucionales correspondientes.
Por ello, haber nacido fuera de Venezuela no excluye automáticamente a una persona de la nacionalidad venezolana. Sin embargo, la aplicación de esta disposición depende de las circunstancias familiares y del cumplimiento de los requisitos previstos en la Constitución.
La situación descrita plantea la necesidad de determinar si la documentación del menor acreditaba su vínculo con la nacionalidad venezolana y si la exigencia de una visa era aplicable a su caso concreto.
Un procedimiento que requiere aclaraciones
La retención denunciada, la apertura del expediente y la citación en Caracas son aspectos que requieren una explicación oficial de las autoridades competentes. También resulta necesario conocer los fundamentos jurídicos invocados para considerar al niño extranjero sujeto a un requisito de visado.
Hasta contar con documentación del procedimiento y una respuesta de las autoridades involucradas, los hechos deben entenderse como parte de una denuncia pendiente de verificación independiente.
El caso vuelve a poner sobre la mesa la importancia de garantizar que los procedimientos migratorios se ajusten al marco constitucional y que las decisiones administrativas consideren la documentación y las circunstancias particulares de cada ciudadano.
¡DENUNCIA! Com. Denis Tovar retuvo más de 5 horas en aeropuerto La Chinita a madre con su hijo venezolano nacido en Perú, alegando que era extranjero y requería visa. Desconoció el art. 32 de la CRBV y decisiones del @VenezuelaSaime .Le abrió un procedimiento y la citó a Caracas https://t.co/4NMteWt9mQ
— Oscar Pérez (@oscarabp) October 26, 2026
